ACTO JURIDICO
Manifestación exterior de la voluntad que se hace con el fin de crear, transmitir, modificar o extinguir una obligación o un derecho, y que produce el efecto deseado de su actor, porque el derecho sanciona esa voluntad.
ANTIJURICIDAD
Conducta típica que no está protegida o amparada por la ley por alguna causa excluyente de responsabilidad.
CONCESION
Acto jurídico unilateral por el cual el estado confiere a un particular la facultad de explotar un servicio o bien público, con la finalidad de satisfacer necesidades de interés general.
DERECHO
Potestad de hacer o exigir cuanto la ley o la autoridad establece a nuestro favor, o lo permitido por el dueño de una cosa. Consecuencias naturales derivadas del Estado de una persona, o relaciones con otros sujetos jurídicos. Acción sobre una persona o cosa. Conjunto de leyes. Colección de principios, preceptos y reglas a que están sometidos todos los hombres en cualquier sociedad civil, para vivir conforme a justicia y paz. Privilegio o prerrogativa.
jueves, 4 de marzo de 2010
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